Clausula suelo empresa: la próxima piedra en el zapato de la Banca

La eliminación de la clausula suelo empresa, es posible.

Desde hace un tiempo ya casi nadie pone en duda la posibilidad de la eliminación de las clausulas suelo en los préstamos de particulares, siendo el siguiente paso en el camino que los Tribunales accedieran a atacar en profundidad el tema de las clausula suelo empresa, es decir, aquellas clausulas suelo incluidas por los Bancos en pólizas suscritas con empresas, profesionales o autónomos.

En los últimos años la batalla en los Tribunales por esta cuestión ha ido aumentando y con ello son cada vez más las resoluciones dictadas en las que se reconoce que igual que se protege a particulares y consumidores se puede amparar a las Empresas.

Siguiendo con lo ya indicado en nuestro artículo de fecha 20 de marzo de 2015: Si su empresa tiene una póliza con ‘cláusula suelo’ exija su anulación, la realidad fáctica viene demostrando que el establecimiento de la cláusula suelo en los Préstamos ha venido siendo habitualmente incorporada e impuesta por el Banco a las Empresas, estando por tanto en el ámbito de protección propio de las condiciones generales de la contratación y por tanto bajo el control y supervisión de los Tribunales.

El desequilibrio existente en los contratos firmados entre el Empresario y la Entidad Bancaria, conllevan ese mayor rigor en la imposición de las cláusulas contractuales y ese plus de protección del que también gozan los Empresarios, al igual que ya se venía reconociendo a los consumidores.

Si en Marzo de 2015 comentábamos que diversos Tribunales estaban empezando a fallar a favor de las Empresas en sus reclamaciones contra Entidades Bancarias por Préstamos con Cláusula Suelo, en estos últimos meses las resoluciones dictadas son cada vez en mayor número y más fundamentadas si cabe.

La última y muy destacable es una dictada por la Audiencia Provincial de Soria de fecha 18 de Febrero de 2016, en la cual la Audiencia no duda en acabar determinando la no incorporación de la cláusula suelo en una Póliza de una Empresa, con efectos análogos a que se considere la misma nula de pleno derecho.

Si en el tema de las Cláusula Suelo de consumidores existe la certeza de que en la mayoría de los supuestos se produce una ausencia de transparencia en su incorporación al contrato, permitiendo ello su anulación por los Juzgados, entendemos que en la Clausula Suelo Empresa la conclusión de los Juzgados debe ser la misma y ello ante la falta de transparencia e información a la empresa por parte del Banco, sin que baste siquiera que la clausula esté redactada de una forma clara y comprensible.

Los efectos económicos en la Empresa entre su aplicabilidad y no aplicabilidad aconsejan revisar la cuestión con un Profesional, examinando en el caso concreto si concurren los supuestos para solicitar la inaplicabilidad de la cláusula suelo de acuerdo con las posiciones en cada momento de los Tribunales.


Sobre el autor:

Marcos Jimenez socio de dig advocats

Marcos Jiménez de Parga

DiG Abogados

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