Due Diligence: Aspectos básicos

Due Diligence

En los procesos de compraventa de empresas o inversión significativa que realiza un tercero en una empresa es cada vez más habitual que más allá de un examen de los balances, cuentas de explotación o principales magnitudes del negocio, el inversor deseé realizar una Due Diligence o Revisión Legal de la empresa sobre la que se va a realizar la inversión.

¿Qué es una Due Diligence?

Una Due Diligence no es otra cosa sino una revisión de los aspectos principales de la empresa que pueden afectar a la decisión del inversor de invertir en esa Compañía, pudiendo referirse a uno o varios de los siguientes ámbitos prinicpalmente: societario y contratual, financiero, fiscal, laboral, propiedad industrial e intelectual, protección de datos o medioambiental.

Para llevar a cabo la Due Diligence de una empresa se elaborará un Check List de documentación e información diversa interesada a la propia Compañía en la que se va a realizar la inversión, la cual una vez entregada a los asesores del inversor será objeto de análisis y examen por los distintos especialistas de cada uno de los ámbitos objeto de la Due Diligence (asesores mercantiles, fiscales, laborales, etc.).

¿Cuándo se realiza la Due Diligence?

La Due Diligence se ejecuta antes de la firma del contrato de compraventa y normalmente tras la firma de un documento de confidencialidad y probablemente de un Acuerdo de Intenciones entre las partes.

Normalmente la Due Diligence la encarga y costea el inversor/comprador, si bien en ocasiones es el propio vendedor el que la solicita a fin de dar un marco claro a sus potenciales inversores o compradores y así avanzar de una forma más ágil en el proceso de inversión de terceros en su empresa.

 

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Finalidad 

Esta Revisión Legal supone una comprobación de la situación jurídica y financiera de la Compañía en la cual el inversor tiene previsto invertir.

La finalidad de la Due Diligence es conocer la realidad de la empresa en la que se va a invertir, de tal forma que el inversor pueda tomar la decisión de invertir o no en la empresa tras el examen realizado por sus asesores, sirviendo la misma para determinar la adecuación del precio de la transacción, así como los términos y condiciones de esta.

Proceso de ejecución y emisión de Informe

A partir del inicial Check List de documentación e información que la Compañía deberá entregar a los asesores del inversor, estos irán revisando la misma y manteniendo reuniones para clarificar las cuestiones diversas que irán surgiendo en el proceso de análisis de la documentación.

Más allá de las reuniones más formales que se producirán en todo el proceso de la Due Diligence, la Compañía deberá designar uno o varios interlocutores que deberán tener hilo directo con los asesores a fin de ir clarificando las cuestiones que vayan surgiendo y permitan que la Due Diligence concluya en una timing adecuado y con todas las dudas despejadas.

Es importante destacar que todo aquello que presente dudas o incertidumbre a los asesores o de lo que no se les entregué la documentación requerida, podrá suponer una potencial contingencia que incluirán los mismos en su Informe Final y podré afectar en la decisión del inversor.

Finalizada la Due Diligence, se emitirá un Informe Final por los asesores en el que se recogerá un resumen de los aspectos principales y conclusiones alcanzadas por los asesores en los distintos ámbitos en los que se realiza la Due Diligence, fijando asimismo un detalle y cuantificación de los potenciales riesgos y contingencias detectadas o no justificadas adecuadamente por la Compañía.

Incidencia de la Due Diligence en el acuerdo de inversión /compra

El Informe Final de la Due Diligence se entrega y comenta al inversor por sus asesores, haciendo especial hincapié en aquellas cuestiones que pueden afectar al mismo tanto para decidir si sigue adelante con su inversión, como para determinar los términos y condiciones en que debe producirse la misma y en especial si han variado los iniciales términos convenidos en el Acuerdo de Intenciones o conversaciones mantenidas entre las Partes.

El resultado de la Due Diligence tendrá una incidencia en las negociaciones de la operación de compra o inversión, así como en los términos del contrato de compraventa, ya sea en cuanto a las posibles garantías, retenciones de precio o pagos aplazados que se pudieran convenir por las partes.

Tanto si la decisión de realizar la inversión se tiene tomada de antemano por parte del inversor y la Due Diligence sólo puede afectar a los términos del acuerdo de inversión, como si el inversor vincula su decisión de invertir o no al resultado de dicha Revisión Legal, ésta debe servir al mismo para calibrar los términos de su decisión y precauciones o garantías exigibles a la parte vendedora.

Por todo ello, recomendamos encarecidamente contar con asesoramiento de profesionales en la materia par cualquier tipo de duda o consulta.

 


Sobre el autor:

abogado mercantil barcelona

 

Marcos Jiménez de Parga

DiG Abogados

 

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