Renta web: La alternativa al programa PADRE

Hacienda ha puesto en marcha el programa Renta Web, que podrá utilizarse en la presentación de la declaración de la Renta de 2.015. Podrán utilizarlo todos los contribuyentes, excepto aquellos que tengan rendimientos de actividades económicas, que deberán utilizar el programa Padre.

El programa Renta Web, a diferencia del Padre, no requiere instalación alguna ya que la información se guarda en el servidor de la Agencia Tributaria y nace con la voluntad de ser más interactivo y fácil de usar ya que se puede acceder a él, vía internet, desde cualquier dispositivo (PC, teléfono móvil o tablet).

Como cada año, el contribuyente puede obtener el número de referencia pulsando el icono REN0, para acceder posteriormente a sus datos fiscales y, en su caso, al borrador de la declaración a través de Renta Web.

Si el contribuyente obtiene el borrador de la declaración deberá revisarlo ya que la AEAT puede que no disponga de toda la información relevante y, en todo caso, el contribuyente será el responsable de los errores que incluya en su declaración, independientemente de que el origen de los datos erróneos pueda ser la información suministrada por la propia AEAT.

En concreto, y a título indicativo, es conveniente revisar y corregir los siguientes apartados:

  • La información relativa a los inmuebles y sus referencias catastrales.
  • Cuotas de afiliación a sindicatos.
  • Datos personales y familiares que puedan haber cambiado durante el año 2.015: hijos nacidos, cambio de domicilio, situación matrimonial…
  • Aportaciones a Planes de Pensiones.
  • Deducción por inversión o por alquiler de la vivienda habitual, en aplicación, en su caso, del régimen transitorio.
  • Deducciones Autonómicas.
  • Gastos deducibles en concepto de Seguridad Social de trabajadores autónomos que no desarrollen una actividad empresarial o profesional.
  • Ingresos obtenidos fuera de España.

La generación de un nuevo borrador de la declaración, la modificación del previamente obtenido así como la confección de la declaración podrá realizarse mediante Renta WEB. Además el último borrador generado y no confirmado se pone a disposición del contribuyente en el momento de volver hacer uso de Renta WEB, pudiendo bien recuperar el anteriormente generado o bien comenzar una nueva declaración.

Es importante señalar que el programa Renta Web, al igual que el Padre, permite en el caso de las unidades familiares comparar sí es más favorable presentar la declaración individual o la declaración conjunta.

La campaña de renta 2015 comenzará el día 6 de abril en el supuesto de presentación por vía telemática y el día 10 de mayo para las presentaciones por vía presencial. El último día para la presentación de las declaraciones, en periodo voluntario, será el día 30 de junio.


Sobre el autor:

Xavier Vales DiG Abogados barcelona fiscal

Xavier Vales

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