Si su empresa tiene una póliza con cláusula suelo pida su anulación

En las últimas fechas, diversos tribunales están empezando a dar la razón a las empresas en sus reclamaciones contra entidades bancarias por préstamos hipotecarios suscritos con póliza con cláusula suelo.

Así, lo que hasta fechas recientes era sólo posible en el caso de particulares/consumidores, ahora se está extendiendo para el caso de sociedades, pymes, autónomos y profesionales, de tal forma que, entendiendo que se trataría de una condición general de la contratación, ya no sería aplicable únicamente al ámbito de los consumidores sino también al de las empresas y profesionales en general.

La anulación de la cláusula suelo no será en ningún caso automática y requerirá que concurran una serie de requisitos, que deban ser acreditados en la demanda y en el juicio correspondiente, pero nuestra experiencia nos demuestra que dichos requisitos concurren en una gran mayoría de los supuestos.

Aspectos tales como la falta de Información en el momento de la firma y con anterioridad a la misma, la falta de reciprocidad o de proporcionalidad en cuanto a la imposición de la cláusula suelo, son algunos de los aspectos que los tribunales están analizando para determinar su anulación.

La práctica bancaria de los últimos años hace que muchas Empresas se hayan visto obligadas a aceptar la póliza con cláusula suelo que se les imponía para conseguir la financiación necesaria para poder continuar con el desarrollo del negocio, pero ahora, con el cambio de postura de los tribunales y en especial del tribunal supremo, desde DiG Abogados aconsejamos analizar cada caso y ver las posibilidades de actuar para poder anular y dejar sin efecto la póliza con clausula suelo existentes.


 Sobre el autor:

Marcos Jimenez, dig advocats

Marcos Jiménez de Parga

DiG Abogados

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