La verdad sobre la Ley Mordaza y sus consecuencias

El 1 de julio de 2015 entró en vigor la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, que ha recibido el nombre de Ley Mordaza por parte de los medios de comunicación.

La Ley Mordaza contiene un catálogo de conductas sancionables, que en casi todos los casos podrían ser descritas como incidencias leves o graves de orden público. Los medios de comunicación han prestado una merecida atención a este catálogo,  han subrayado aquellas conductas que ahora se tipifican como infracciones sancionables y que han tenido un impacto evidente en la política contemporánea de nuestro país.

Aunque las novedades de la Ley Mordaza son muchas e importantes, a nuestro entender:

la principal novedad es la creación de un nuevo procedimiento administrativo sancionador, que transfiere a los cuerpos de seguridad del estado unas competencias punitivas que a día de hoy, solo correspondían a los juzgados y tribunales.

Las consecuencias son varias:

  1. La nueva potestad sancionadora recae en miembros de los cuerpos de seguridad, en los que no concurre el principio de imparcialidad que caracteriza a la actuación judicial.
  2. El procedimiento penal ordinario se funda en un principio de igualdad entre las partes que no se extiende al procedimiento sancionador, reduciendo los derechos de prueba y defensa del ciudadano.
  3. El procedimiento sancionador es extremadamente rápido en comparación con el procedimiento judicial, que puede durar años. Con la Ley Mordaza la efectiva imposición de una sanción será mucho más rápida que con el sistema actual.
  4. La actual justicia penal se ha ido construyendo desde el siglo XIX con el objetivo de garantizar los derechos del ciudadano, y con una voluntad de auto-restringir las facultades punitivas del poder judicial. Es dudoso que estas notas se extiendan al nuevo procedimiento administrativo.

En resumen, la Ley Mordaza dota a los cuerpos de seguridad de una herramienta potente y veloz, con la que se podrán sancionar actuaciones que hasta ahora raramente se castigaban en el ámbito penal.


Sobre el autor:

adria cots, dig advocats

Adrià Cots

DiG Abogados

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