Aumenta el límite para aplazar deudas con Hacienda

Se eleva hasta 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía para aplazar deudas con Hacienda.

A partir del 21 de octubre de 2015, quedan exoneradas de aportación de  garantías  las solicitudes de aplazamientos de las deudas gestionadas por la Agencia Tributaria (deudas con Hacienda) cuyo importe no exceda de 30.000 euros (antes eran 18.000 euros), tanto si se encuentran en período voluntario como en período ejecutivo.

Para la fijación del importe para aplazar deudas con Hacienda, se acumularán:

  • Las deudas de la propia solicitud.
  • Otras deudas del mismo deudor, cuya solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, estuvieran todavía pendientes de resolución.
  • El importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las  deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.

 

Período transitorio:

Las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento en tramitación a la entrada en vigor de la presente orden, se les aplicará la normativa que estaba vigente en el momento de la solicitud, es decir, límite exento 18.000 euros.



Sobre el autor:

abogado fiscal en barcelona

Albert Pujol

DiG Abogados

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