Fiscalidad para no residentes en España

Asesoramiento en fiscalidad para no residentes, expatriados y cambios de residencia fiscal
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Abogados especializados en Fiscalidad para No Residentes en España

Gestionamos IRNR, alquileres, ventas de inmuebles y retenciones

Nos encargaremos de toda la solicitud en tu nombre

+300 solicitudes favorables al año

Fiscalidad internacional y no residentes (Andorra, UE y terceros países)

Más de 300 expedientes fiscales gestionados cada año

La fiscalidad para no residentes no va solo de presentar modelos: implica determinar correctamente la residencia fiscal, aplicar el convenio de doble imposición y documentar cada caso para reducir riesgos ante Hacienda.

En DIG Abogados gestionamos cada año más de 300 expedientes relacionados con no residentes y movilidad internacional, incluyendo situaciones con Andorra, así como con países de la Unión Europea y terceros países como Reino Unido, Suiza, Estados Unidos, Emiratos Árabes o Latinoamérica, entre otros.

Además, como cada caso es distinto, realizamos un análisis individualizado para definir una estrategia coherente, defendible y alineada con la normativa española y el país de residencia.

Por tanto, si resides fuera de España o estás planificando un traslado, te ayudamos a hacerlo con seguridad jurídica y con un plan claro de obligaciones y documentación.

¿Por qué DIG Abogados para fiscalidad de no residentes y movilidad internacional?

DESPACHO ESPECIALIZADO EN FISCALIDAD DE NO RESIDENTES Y CAMBIOS DE RESIDENCIA FISCAL (ANDORRA Y OTROS PAÍSES)

Eficiencia

Diagnóstico rápido, plan claro y ejecución completa: IRNR, inmuebles, convenios y documentación para acreditar tu residencia fuera de España.

Estrategia a medida

Cada caso es distinto: Andorra, Portugal, Suiza, Emiratos… Ajustamos la estrategia según tu país, tus rentas y tus vínculos con España.

Experiencia

Experiencia real en no residentes: planificación de traslados, aplicación de convenios de doble imposición y defensa ante requerimientos por residencia fiscal.
Cambios de residencia fiscal

¿Qué significa ser no residente fiscal en España?

Ser no residente fiscal en España significa que tu residencia fiscal se encuentra en otro país y, por tanto, en España solo tributas por las rentas obtenidas en territorio español a través del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes).

A diferencia del residente fiscal —que tributa por su renta mundial— el no residente solo tributa por:

  • Rendimientos de inmuebles situados en España (alquileres o imputación de renta)

  • Ganancias patrimoniales por venta de inmuebles en España

  • Dividendos, intereses o rendimientos de capital mobiliario de fuente española

  • Determinadas actividades económicas desarrolladas en España

¿Qué revisa Hacienda cuando cambias tu residencia fiscal?

Residencia fiscal y control de la Agencia Tributaria

Trasladar tu residencia a Andorra u otro país no depende únicamente de empadronarte o pasar menos tiempo en España.
La Agencia Tributaria analiza una serie de criterios objetivos y económicos para determinar si realmente has dejado de ser residente fiscal en España.

Una planificación incorrecta puede derivar en requerimientos, regularizaciones o inspecciones.

Permanencia superior a 183 días

Hacienda analiza los días de presencia física en España durante el año natural. Se incluyen ausencias esporádicas si no se acredita residencia fiscal en otro país.

Vínculos familiares

Existe una presunción de residencia fiscal en España cuando tu cónyuge no separado legalmente o tus hijos menores residen en territorio español. Esta presunción admite prueba en contrario, pero requiere una acreditación sólida y coherente de que tu residencia efectiva se encuentra fuera de España.

Centro de intereses económicos

Si tu principal actividad profesional, empresa, inversiones o fuente de ingresos continúa en España, la Agencia Tributaria puede considerar que tu residencia fiscal sigue aquí. Se analiza especialmente dónde se encuentra la dirección efectiva de tus sociedades, desde dónde se factura y dónde se concentran tus principales clientes y relaciones económicas.

Prueba documental de residencia efectiva en el extranjero

No basta con un certificado formal de residencia fiscal. Hacienda puede analizar contratos de alquiler o propiedad, consumos reales, escolarización de hijos, seguro médico, movimientos bancarios y la existencia de una vida económica y social efectiva en el país de destino.

Residencia fiscal en Andorra

Ventajas fiscales de establecer tu residencia en Andorra

Tributación reducida en IRPF

  • Tipo máximo general del 10% en el IRPF andorrano.
  • Tramos progresivos con exención inicial para rentas bajas.
  • En comparación con España, la presión fiscal es significativamente inferior.

No existe Impuesto sobre el Patrimonio

  • Andorra no aplica Impuesto sobre el Patrimonio.
  • El patrimonio mundial no está sujeto a tributación anual como en España.

Sin Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

  • Actualmente no existe un impuesto estatal sobre herencias y donaciones como el español.

Fiscalidad empresarial competitiva

  • Impuesto de Sociedades general del 10%.
  • Entorno atractivo para estructuras empresariales internacionales.

Convenio de Doble Imposición con España

  • Existe Convenio para evitar la doble imposición entre España y Andorra.
  • Permite estructurar correctamente la tributación y reducir conflictos fiscales.

IRPF máximo del 10%, exención hasta 24.000 € y sin Impuesto sobre el Patrimonio: una de las fiscalidades más competitivas de Europa

Preguntas frecuentes sobre fiscalidad para no residentes

¿Cuándo se considera que soy no residente fiscal en España?

Eres no residente cuando tu residencia fiscal está en otro país y no cumples los criterios de residencia en España (principalmente el límite de 183 días o el centro de intereses económicos). No basta con vivir fuera: debe acreditarse correctamente.

¿Qué impuestos paga un no residente en España?

Los no residentes tributan en España únicamente por las rentas obtenidas en territorio español, generalmente a través del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes).

Si tengo un piso alquilado en España y vivo fuera, ¿qué debo declarar?

Debes presentar el Modelo 210 (IRNR) por los ingresos obtenidos. El tratamiento puede variar según tu país de residencia y el convenio de doble imposición aplicable.

¿Qué ocurre si vendo un inmueble en España siendo no residente?

El comprador debe practicar una retención del 3% sobre el precio de venta. Posteriormente, debes presentar la declaración correspondiente para calcular la ganancia patrimonial y solicitar, si procede, devolución.

¿Cuántos días puedo estar en España si vivo en Andorra?

El criterio general son 183 días por año natural. No obstante, Hacienda también puede analizar otros factores como el centro de intereses económicos y los vínculos familiares.

¿Puede Hacienda considerar que sigo siendo residente en España aunque viva fuera?

Sí. Si entiende que tu centro de intereses económicos o familiares sigue en España, puede cuestionar tu residencia fiscal. Por eso es clave una correcta planificación y documentación.

 

¿Existe convenio de doble imposición entre España y Andorra?

Sí. España y Andorra tienen un convenio para evitar la doble imposición que regula cómo se resuelven los conflictos de residencia y cómo tributan determinadas rentas.

¿Los dividendos o intereses obtenidos en España tributan si soy no residente?

Sí, aunque pueden aplicarse reducciones o límites según el convenio de doble imposición con tu país de residencia.

¿Es recomendable planificar antes de trasladar mi residencia a Andorra?

Sí. La planificación previa permite reducir riesgos de conflicto con Hacienda y garantizar que el cambio de residencia sea coherente y defendible.

¿Eres no residente y necesitas asesoramiento fiscal en España?

Te ayudamos con IRNR, inmuebles (alquiler/venta), retenciones y aplicación de convenios, minimizando riesgos con Hacienda

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