Paro y Declaración de la Renta 2025: ¿Estás obligado a declarar si cobras el desempleo?
En DiG Abogados, despacho experto en asesoramiento fiscal y laboral, recibimos cada vez más consultas sobre un tema que está generando incertidumbre entre los contribuyentes: la obligación de declarar el paro en la campaña de la renta 2025.
Si estás cobrando una prestación por desempleo del SEPE, es fundamental que comprendas si tienes la obligación de hacer la declaración de la renta este año, cómo te afecta la nueva normativa, y qué cambios se aplican desde 2026.
A continuación, analizamos en detalle la situación fiscal de los desempleados en 2025 y resolvemos todas las dudas más frecuentes. Te ofrecemos información actualizada a marzo de 2025, con base en las últimas decisiones del Gobierno y normativa vigente.
¿Tengo que hacer la declaración de la renta en 2025 si estoy en el paro?
El gran cambio que no entrará en vigor este año
Hasta hace poco, el Gobierno había anunciado que todos los beneficiarios del paro, independientemente de la cuantía percibida, estarían obligados a presentar su declaración del IRPF a partir de 2025. Sin embargo, esta medida ha sido aplazada oficialmente hasta 2026.
Esto significa que:
Durante la campaña de la Renta 2025 (correspondiente al ejercicio fiscal 2024), los perceptores de prestaciones por desempleo no están obligados a declarar si no superan los límites habituales del IRPF.
La normativa se recogía en el Real Decreto-ley 2/2024, que entró en vigor en noviembre de 2024, pero no se aplicará hasta la declaración de la renta de 2026, relativa a los ingresos de 2025.
¿Qué límites se aplican este año para saber si tengo que declarar?
Los umbrales generales de obligación de declarar siguen siendo válidos en 2025. Por tanto, si estás en situación de desempleo, debes tener en cuenta lo siguiente:
-
Si has percibido más de 15.000 euros de dos o más pagadores (por ejemplo, SEPE y un empleo anterior), estás obligado a declarar.
-
Si solo tienes un pagador (SEPE) y percibes menos de 22.000 euros brutos anuales, no estás obligado a hacer la declaración.
-
Excepciones: si has solicitado deducciones, ayudas fiscales, o tienes inmuebles arrendados, podrías estar obligado igualmente.
¿Qué sucederá en 2026? El nuevo escenario para desempleados
Declaración obligatoria del paro a partir del próximo año
La medida que obligará a todos los perceptores de prestaciones por desempleo a presentar la declaración del IRPF será aplicable a partir del ejercicio fiscal 2025, cuya declaración se presentará en abril-junio de 2026.
Esto significa que, aunque no estés obligado en 2025, sí lo estarás en la campaña de 2026, sin importar el importe del paro que hayas cobrado.
Importante: Si no presentas la declaración en 2026, podrías perder temporalmente tu derecho a seguir cobrando la prestación por desempleo.
¿Por qué se ha establecido esta nueva obligación?
El objetivo principal de esta medida es mejorar el control fiscal y evitar situaciones de fraude o incompatibilidad en la percepción de prestaciones públicas. Además, el Gobierno busca una mayor transparencia tributaria y la trazabilidad de los ingresos de todos los ciudadanos, incluidos los desempleados.
Recomendaciones clave si estás cobrando el paro en 2025
¿Debo presentar igualmente la declaración aunque no sea obligatorio?
Aunque no estés obligado este año, presentar la declaración de la renta voluntariamente puede tener beneficios, especialmente si:
-
Te han practicado retenciones elevadas y puedes obtener una devolución.
-
Tienes derecho a deducciones (por maternidad, familia numerosa, alquiler, etc.).
-
Quieres regularizar tu situación para evitar problemas futuros con Hacienda.
Cómo preparar tu declaración de la renta si estás desempleado
-
Solicita tu certificado del SEPE: Te permitirá conocer el total percibido como paro y las retenciones aplicadas.
-
Revisa si tienes otros ingresos: Inversiones, alquileres, ayudas, etc.
-
Consulta con un abogado o asesor fiscal: En DiG Abogados te ayudamos a saber si te conviene o no declarar este año.
-
Haz la declaración a tiempo: La campaña de renta 2025 comenzará previsiblemente el 3 de abril de 2025 y finalizará el 30 de junio de 2025.
Preguntas frecuentes
1. ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta en 2025 si solo cobro el paro?
No necesariamente. Solo estarás obligado si superas los límites de ingresos establecidos. Si has cobrado menos de 22.000 euros de un solo pagador (SEPE), en principio no tienes que declarar.
2. ¿Qué pasa si tengo dos pagadores (por ejemplo, trabajé unos meses y luego cobré el paro)?
En ese caso, si la suma total supera los 15.000 euros anuales, sí estarás obligado a presentar la declaración.
3. ¿A partir de cuándo será obligatoria la declaración del paro para todos?
La nueva obligación entra en vigor en 2026, afectando al ejercicio fiscal 2025. A partir de ese año, todos los beneficiarios del paro deberán presentar su declaración.
4. ¿Me pueden quitar el paro si no hago la declaración en 2026?
Sí. El SEPE podrá suspender el pago de tu prestación hasta que regularices tu situación fiscal.
5. ¿Dónde puedo recibir ayuda para preparar mi declaración?
En DiG Abogados te ofrecemos asesoramiento personalizado, resolviendo tus dudas y elaborando tu declaración con total seguridad jurídica y fiscal.
Conclusión: prepárate desde ahora para los cambios fiscales si cobras el paro
Aunque en 2025 no es obligatoria la declaración de la renta para todos los desempleados, esta será una realidad a partir de 2026. Es fundamental que, si estás cobrando el paro, te informes adecuadamente, revises tus ingresos y tomes decisiones responsables para evitar sanciones futuras.
Desde DiG Abogados, estamos a tu lado para ayudarte a entender tus derechos y obligaciones, tanto si deseas presentar la declaración este año por precaución, como si quieres prepararte para el cambio normativo que viene.
Contáctanos y recibe el respaldo de un equipo legal y fiscal con experiencia. Tu tranquilidad fiscal comienza con una buena planificación.