Paro y declaración de la renta en 2025: la nueva obligación que puede salirte cara

A partir de  2025, la declaración de la renta cambia para quienes cobran el paro, y no presentar el IRPF puede traer sanciones. Hasta ahora, muchos beneficiarios de prestaciones por desempleo estaban exentos de declarar, pero con las nuevas normas, esta obligación se amplía. Si percibes el paro, es clave que conozcas cómo afectará a tu declaración de la renta del ejercicio 2024, que presentarás en el año 2025, y qué pasos debes seguir para evitar problemas con Hacienda. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber para cumplir con la normativa sin sorpresas.

 

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Nueva obligación para los beneficiarios del paro

Tradicionalmente, los contribuyentes que obtenían ingresos inferiores a ciertos umbrales estaban exentos de presentar la Declaración de la Renta. Sin embargo, a partir de 2025, todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo estarán obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2024 en adelante, independientemente de sus ingresos. Esta medida se implementa con el objetivo de mejorar el control fiscal y garantizar una mayor transparencia en la percepción de ayudas públicas.

  • Detalles de la nueva obligación

Según el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, se establece que los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo deben «presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas». El incumplimiento de esta obligación puede conllevar la suspensión del derecho a la percepción de la prestación por desempleo.

Es importante destacar que, aunque anteriormente solo hubieran estado obligados a declarar aquellos con ingresos superiores a 22.000 euros brutos anuales (en caso de un solo pagador) o 15.876 euros brutos anuales (con más de un pagador, si has cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador,o de la suma de varios pagadores a parte del primero), esta exención ya no aplica para los beneficiarios del paro. Ahora, independientemente del monto percibido, es obligatorio presentar la declaración.

Consecuencias de no presentar la declaración

El no cumplimiento de esta nueva obligación puede tener repercusiones significativas. Además de las sanciones económicas que Hacienda puede imponer por no presentar la declaración, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está facultado para suspender la prestación por desempleo hasta que se regularice la situación. Esto implica que el beneficiario dejará de percibir el subsidio hasta que presente la declaración correspondiente y solvente cualquier penalización derivada del retraso.

 

Recomendaciones para los beneficiarios

Para cumplir con esta nueva normativa y evitar posibles sanciones o la suspensión de la prestación, recomendamos lo siguiente:

  • Informarse adecuadamente: Mantenerse actualizado sobre las obligaciones fiscales y cualquier cambio legislativo que pueda afectarle.
  • Preparar la documentación necesaria: Reunir todos los documentos relacionados con las prestaciones percibidas y otros ingresos obtenidos durante el año fiscal.
  • Presentar la declaración en plazo: La campaña de la Renta comienza en abril y finaliza en junio. Es crucial presentar la declaración dentro de este periodo para evitar sanciones.
  • Buscar asesoramiento profesional: Si tiene dudas o necesita asistencia, es aconsejable consultar con un profesional en materia fiscal.

En DiG Abogados, estamos comprometidos en brindar asesoramiento legal y fiscal de alta calidad. Nuestro equipo de expertos está disponible para ayudarle a navegar por estas nuevas obligaciones y garantizar el cumplimiento de sus responsabilidades tributarias.

Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar la Declaración de la Renta si solo percibo el paro y no tengo otros ingresos?

Sí, a partir de 2025, todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo deben presentar la declaración del IRPF, independientemente de si tienen otros ingresos o del monto percibido.

¿Qué sucede si no presento la Declaración de la Renta estando en el paro?

El incumplimiento de esta obligación puede resultar en la suspensión de la prestación por desempleo por parte del SEPE hasta que se regularice la situación, además de posibles sanciones económicas impuestas por Hacienda.

¿Necesito pagar impuestos si mis únicos ingresos provienen del paro?

La obligación de presentar la declaración no implica necesariamente que el resultado de su declaración sea a pagar. Dependerá de su situación fiscal específica. Es recomendable realizar la declaración para determinar si existe alguna obligación tributaria.

 

Conclusión

La nueva normativa establece que, a partir de 2025, todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo deben presentar la Declaración de la Renta, sin importar el monto de sus ingresos. El paro y declaración de la renta en 2025 están ahora más vinculados que nunca, por lo que es esencial cumplir con esta obligación para evitar sanciones y la posible suspensión de la prestación. En DiG Abogados, estamos a su disposición para ofrecerle el asesoramiento necesario y asegurar que cumpla con todas sus responsabilidades fiscales de manera adecuada.

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