¿Qué adquirimos realmente con la compra de un NFT?

¿Qués es un NFT o non-fungible token?

Los NFT o non-fungible tokens son activos digitales que nos permiten representar objetos del mundo real y registrarlos en la cadena blockchain. Pueden ser desde ilustraciones, videos, una canción, un gif o incluso un tweet.  Son activos digitales que son únicos y no son sustituibles.

A través de la tecnología blockchain a los NFT se le asigna un certificado digital de autenticidad, que permite registrar el valor inicial del mismo, por cuanto se ha vendido, todas las transacciones o adquisiciones que se hayan realizado y su autor.

 

Video: ¿Qué adquirimos realmente con la compra de un NFT?

 

 Incremento de compra y venta de NFT

En los últimos años la venta de este tipo de activos ha crecido exponencialmente. Según el informe de Reuters que analiza el mercado de NFT en el año 2021 indican que las ventas de NFT alcanzaron un récord de 2.000 millones de dólares.

Debido a las características de la tecnología blockchain, donde tienen su sustento, el creador puede establecer un límite de réplicas de su NFT, verificar su autenticidad, realizar un seguimiento de las ventas, incluso adquirir un porcentaje por las reventas.

Pero, cuando compramos un NFT, ¿que adquirimos realmente? ¿Qué derechos tenemos sobre la obra? ¿Qué aspectos legales deben tenerse en cuenta?

¿Qué adquirimos con la compra de un NFT?

Un NFT está conformado por dos elementos: un activo digital subyacente (JPG, GIF, MP3…) y el hash con los demás metadatos que identifican el activo.

Con la compra de un NFT lo que se adquiere es un certificado de autenticidad o token criptográfico, el cual certifica la propiedad de ese token, es decir, la facultad que tiene el comprador de disponer de ese token única y exclusivamente. Sin embargo, esto no quiere decir que la autoría cambie o que se transfieran los derechos de propiedad intelectual subyacentes en él.

Los propietarios de los NFT deben conocer que la propiedad del token no les autoriza a la reproducción, distribución, transformación o comunicación al público cuando lo conformen obras que se encuentren protegidas, salvo, en el caso de que el titular de dichos derechos de propiedad intelectual lo haya autorizado o cedido.

Para que haya una cesión de derechos de propiedad intelectual las partes deberán suscribir un acuerdo en el cual se procesa a la cesión a otra persona u entidad.  De no existir dicho acuerdo se entenderá que lo único que se transfiere en la venta del NFT es el derecho de propiedad, de comprar, vender o alquilar dicho NFT.

 

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Los Royalties

Uno de los principales incentivos que conlleva la creación y comercialización de NFT para autores de obras, además del cobro del precio pactado por la venta del NFT, son los llamados royalties.

Los royalties son los derechos de participación del autor en las reventas posteriores de las obras. Es decir, si un comprador de un NFT lo revende, el autor de dicho NFT se llevará un porcentaje de esa venta y por todas las posteriores.  Todo ello quedara reflejado en la cadena blockchain de manera automática.

Esto permite a los autores tener un mayor control sobre los beneficios a largo plazo que pueden generar sus obras digitales.

 

Asesoramiento Legal

Los NFT se han convertido en una nueva forma de comercialización de creaciones y en una nueva herramienta de explotación de los derechos de propiedad intelectual. No obstante, esta nueva forma también ha traído consigo nuevos tipos de infracciones sobre los derechos de propiedad intelectual, que hace necesario regularlos previamente antes de su comercialización.

 

En DiG somos expertos en propiedad intelectual y ofrecemos asesoramiento en la gestión de los derechos de explotación sobre los NFT y en la redacción de acuerdos sobre los mismos.

 

 


Sobre el autor:

Abogada Andrea PeláezAndrea Peláez

DiG Abogados

Abogada Digital Law, Blockchain & NFT

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