Impuesto de Sociedades en Andorra (2026)

El Impuesto de Sociedades en Andorra es, en 2026, uno de los elementos más relevantes para quienes estructuran actividad empresarial o inversión desde el Principado. Sin embargo, para valorar correctamente su impacto no basta con repetir “el 10%”: es imprescindible comprender quién es residente fiscal, cómo se determina la base de tributación, qué regímenes especiales existen y cuáles son los plazos de declaración.

A continuación exponemos el marco esencial, con referencias normativas y criterios administrativos, en un formato útil para decisiones corporativas y planificación tributaria lícita.

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Lo esencial del IS andorrano en una lectura

El Impuesto de Sociedades (IS) grava la renta de las personas jurídicas residentes fiscales en Andorra, con independencia del lugar de obtención de la renta o del país de residencia del pagador.

Desde la perspectiva de seguridad jurídica, Andorra lo presenta como un impuesto “homologable” a los estándares internacionales, en línea con su estrategia de convenios y cooperación fiscal.

¿Quién tributa en el Impuesto de Sociedades en Andorra?

Sujetos obligados (obligados tributarios)

Según la información institucional del Govern d’Andorra, son obligados tributarios del impuesto (si son residentes fiscales en Andorra):

  • Personas jurídicas,

  • Instituciones de inversión colectiva andorranas (según normativa específica),

  • Entidades públicas y parapúblicas y de derecho público.

Cuándo una entidad es “residente fiscal” en Andorra

Una entidad se considera residente fiscal en Andorra cuando concurre alguno de los siguientes elementos (resumidos de la guía institucional):

  • se ha constituido conforme a las leyes andorranas, o

  • tiene domicilio social en Andorra, o

  • tiene su sede de dirección efectiva en Andorra (dirección general y control del conjunto de actividades), o

  • ha trasladado su residencia a Andorra conforme a la legislación mercantil.

Matiz profesional: el concepto de “dirección efectiva” es especialmente sensible en estructuras transfronterizas: no se trata solo de “administradores nominales”, sino de dónde se dirige y controla realmente la actividad.

Tipo impositivo en 2026: cuánto se paga

Tipo general: 10%

El tipo general de gravamen del Impuesto de Sociedades en Andorra es del 10%.

Tipo 0% para determinadas instituciones de inversión colectiva

Para determinadas instituciones de inversión colectiva reguladas por la normativa andorrana (con exclusiones específicas), el tipo puede ser del 0% según la propia guía del Govern.

Impuesto de Sociedades en Andorra

Cómo se calcula la base imponible: de la contabilidad al impuesto

La base de tributación está constituida por la renta del período impositivo. En el método de determinación directa, la base se calcula corrigiendo el resultado contable (según normativa contable andorrana y el Plan general de contabilidad) con las correcciones fiscales previstas en la Ley del Impuesto de Sociedades.

En la práctica, esto significa que el punto de partida es la contabilidad, pero el impuesto requiere ajustes: no todo gasto contable es fiscalmente deducible y determinadas operaciones pueden tener reglas específicas de valoración o imputación.

Regímenes especiales: cuándo el IS no se aplica “en modo estándar”

La sede electrónica del Govern identifica, entre otros, los siguientes regímenes especiales de determinación de la base:

  • explotación de determinados activos intangibles,

  • cooperativas,

  • consolidación tributaria,

  • amortización para nuevas inversiones,

  • sociedades de tenencia de participaciones.

Recomendación de despacho: estos regímenes son útiles, pero exigen un análisis técnico (requisitos, sustancia, documentación) porque su aplicación incorrecta es una fuente habitual de contingencias.

Período impositivo y devengo

El período impositivo coincide con el ejercicio económico de la entidad y el impuesto se devenga el último día del período impositivo.

Plazo de presentación en Andorra: cuándo se declara

La guía del Govern establece que la declaración del IS debe presentarse “el mes siguiente a los seis meses posteriores” a la conclusión del período impositivo.

Dicho de forma operativa: cierre de ejercicio → seis meses → durante el mes siguiente se presenta la declaración, conforme a los formularios y forma que establezca el ministerio competente.

Dos errores frecuentes en estructuras España–Andorra

  1. Confundir domicilio formal con dirección efectiva. En grupos con operativa real en España, la sede de dirección efectiva (quién decide, dónde se controla, dónde se dirige) se convierte en el punto crítico.

  2. Pensar que “el 10%” es el único factor. La carga real depende de la base imponible, de los ajustes fiscales, del encaje contable y, si hay rentas desde el exterior, de cómo se integran y documentan esas operaciones conforme a la normativa aplicable.

Preguntas frecuentes sobre Impuesto de Sociedades en Andorra

¿Cuál es el tipo general del Impuesto de Sociedades en Andorra en 2026?

El tipo general de gravamen es del 10%, según la sede electrónica del Govern d’Andorra.

¿Qué significa “sede de dirección efectiva”?

Que en Andorra se sitúan o se ejercen la dirección general y el control del conjunto de actividades o negocios de la entidad.

¿Cuándo se presenta la declaración del IS en Andorra?

Debe presentarse durante el mes siguiente a los seis meses posteriores al cierre del período impositivo.

¿Existen tipos distintos del 10%?

Sí. La guía del Govern contempla un 0% para determinadas instituciones de inversión colectiva andorranas (con exclusiones).

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Revisado por José María Palma Sánchez, Managing Partner y Business Advisor especializado en fiscalidad y auditoría.

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