La residencia no lucrativa

¿Qué es la residencia no lucrativa?

La residencia no lucrativa es un tipo de permiso que está pensado para aquellos extranjeros que no piensan en realizar ningún tipo de actividad económica, pero que quieren permanecer más de 90 días en España. En este caso, sólo se requiere que se demuestre unos fondos suficientes para cubrir las necesidades y gastos en España.

Ventajas de la residencia no lucrativa en España

  • Permite que los familiares del solicitante también consigan su residencia con la misma solicitud
  • Los requisitos son muy simples, de manera que el solicitante sólo tendrá que demostrar la posesión de unos 30.000 euros aproximadamente en la cuenta bancaria (con unos 7.200 euros adicionales para cada miembro familiar añadido) y contar con seguro médico privado
  • Una vez obtenido el permiso de residencia no lucrativo, se podrá viajar libremente por el espacio Schengen
  • Se podrá renovar la residencia no lucrativa de manera fácil, y tras 5 años en España se podrá conseguir la residencia permanente

 

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¿Qué requisitos necesito para solicitar la residencia no lucrativa?

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Tener los medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
  1. Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM.
  2. Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, mensualmente, el 100% del IPREM.

Nota: el IPREM a partir de 2023 será de unos 600 euros mensuales, así que hay que acreditar disponer unos 2.400 euros mensuales de recursos económicos durante un año de vigencia de la residencia no lucrativa, es decir, hay que acreditar disponer recursos económicos alrededor de unos 30.000 euros.

Por otra parte, para cada miembro familiar adicional, se tiene que acreditar 600 euros mensuales más, que son unos 7.200 euros adicionales anualmente.

  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
  • Haber abonado la tasa por tramitación de los procedimientos.

¿Qué documentación me van a exigir?

  • Impreso de solicitud de visado de residencia en modelo oficial por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero, o su representante legal en caso de ser menor de edad.
  • Pasaporte o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima de un año.
  • Certificado de antecedentes penales o documento equivalente, en caso de ser mayor de edad penal, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
  • Documentación acreditativa de disponer de medios económicos para el período que se solicita.
  1.  Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba, incluyendo la aportación de títulos de     propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito acompañados de una certificación bancaria  que acredite la cantidad disponible como crédito en la tarjeta.
  2. Si los medios proceden de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras, radicadas en España, se acreditará mediante certificación de las mismas que el solicitante no ejerce actividad laboral alguna en ellas, acompañando, además, declaración jurada del extranjero en tal sentido.
  • Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.
  • Certificado médico.

Nota importante: todos los documentos extranjeros deberán de estar traducidos juradamente e ir debidamente apostillados.

 

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Duración de la residencia no lucrativa

La autorización inicial de residencia temporal tendrá la duración de un año y la vigencia comenzará en la fecha en que se efectúe la entrada en España. La renovación de la autorización tendrá una vigencia de dos años.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de solicitud? 

Hay dos fases diferenciadas dentro del proceso de solicitud:

  • En primer lugar, se tiene que enviar toda la documentación requerida al consulado español ubicado en el país de origen. Se recibe una respuesta positiva o negativa en 2 o 3 meses.
  • En caso de ser una respuesta positiva, se puede viajar a España con el visado no lucrativo y una vez haber entrado a España, se puede empadronarse en cualquier municipio y realizar el registro de las huellas para así recibir en 30 días la tarjeta de residencia.

 

 


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Binbin Zheng DiG AbogadosBinbin Zheng

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Abogada China Desk

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