Cuándo hay delito de administración desleal

La relevancia del delito de administración desleal en el ámbito empresarial

En el contexto empresarial y societario actual, el delito de administración desleal ha adquirido una importancia creciente y merece un análisis detallado. Cada vez son más frecuentes los casos en los que administradores, apoderados o representantes de sociedades son investigados por conductas que perjudican el patrimonio de la empresa que gestionan.

Desde DiG Abogados, nuestro equipo especializado en Derecho Penal Económico y Compliance Corporativo ofrece una visión completa sobre este tipo penal, sus implicaciones jurídicas y las posibles vías de defensa más adecuadas.

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Concepto legal del delito de administración desleal

El delito de administración desleal está regulado en el artículo 252 del Código Penal español. Este precepto castiga a quien, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, las utiliza en perjuicio de su titular, sobrepasando las funciones o quebrantando los deberes de lealtad que le corresponden.

Redacción del artículo 252 del Código Penal

Art. 252 CP: Será castigado con las penas del artículo 249 el que, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, las exceda causando un perjuicio al mismo.

En otras palabras, se sanciona el abuso de las facultades de administración cuando este abuso genera un daño patrimonial. Este delito no requiere necesariamente un enriquecimiento del autor, basta con el perjuicio para el administrado o la sociedad. Es decir, lo que se castiga es la deslealtad en la gestión de los bienes de otros, incluso cuando el administrador no obtenga un beneficio personal.

Naturaleza jurídica y bien jurídico protegido

El bien jurídico protegido es el patrimonio ajeno, y en especial, la confianza depositada en el administrador. Se trata de un delito de carácter patrimonial y de infracción de deber, ya que solo puede cometerlo quien ostenta un cargo de administración o gestión de bienes ajenos. En definitiva, el fundamento de la sanción penal reside en la traición a la confianza que se ha depositado en el gestor.

Sujetos del delito

  • Sujeto activo: quien administra un patrimonio ajeno (administrador de una sociedad, apoderado, tutor, curador, etc.).
  • Sujeto pasivo: el titular del patrimonio administrado (una empresa, un particular, una fundación, etc.).

Elementos del delito de administración desleal

Para que se configure este delito, deben concurrir de forma conjunta los siguientes elementos objetivos y subjetivos:

Elementos objetivos

  1. Existencia de facultades de administración sobre un patrimonio ajeno.
  2. Abuso o extralimitación en el ejercicio de dichas facultades, vulnerando los límites establecidos.
  3. Perjuicio patrimonial para el titular del patrimonio, derivado de la actuación indebida del administrador.

Elemento subjetivo

El dolo, entendido como el conocimiento y voluntad de actuar en perjuicio del patrimonio administrado. No es necesario un ánimo de lucro, pero sí la conciencia del daño causado. Esto implica que no se trata de un simple error de gestión, sino de una conducta dolosa o, en ocasiones, gravemente imprudente.

Ejemplo práctico

Imaginemos un administrador que, sin autorización de la junta de socios, utiliza fondos de la empresa para financiar proyectos personales o de otras sociedades de su interés. Aunque no se apropie directamente del dinero, está causando un perjuicio a la sociedad al destinar recursos ajenos a fines distintos del objeto social. Este comportamiento podría considerarse administración desleal, ya que desborda los límites del mandato que se le otorgó.

delito de administración desleal

Diferencias entre administración desleal y apropiación indebida

Uno de los aspectos que más confusión genera es la distinción entre la administración desleal y la apropiación indebida. Aunque ambos delitos afectan al patrimonio ajeno, presentan diferencias esenciales que conviene tener muy claras.

Criterio Administración Desleal Apropiación Indebida
Conducta típica Abuso o extralimitación en las facultades de administración Apropiarse o distraer bienes ajenos recibidos con obligación de devolverlos
Elemento clave Exceso en el ejercicio de la gestión Desviación de la posesión con ánimo de lucro
Requiere enriquecimiento del autor No necesariamente
Ejemplo típico Inversiones temerarias con fondos sociales Quedarse con dinero de la empresa para uso personal

Ambos delitos están castigados con las mismas penas, pero su aplicación práctica depende de los hechos concretos y de la relación jurídica entre las partes. En definitiva, la administración desleal sanciona el mal uso de las facultades, mientras que la apropiación indebida castiga la apropiación directa de los bienes.

Jurisprudencia reciente sobre el delito de administración desleal

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha delimitado el alcance de este delito en varias sentencias relevantes. A continuación, se resumen las más destacadas:

Sentencia del Tribunal Supremo 221/2016, de 16 de marzo

Esta resolución estableció que el delito de administración desleal es autónomo y no requiere que el autor se haya apropiado de los bienes. Basta con que haya causado un perjuicio mediante un uso desviado de las facultades de gestión.

Sentencia del Tribunal Supremo 30/2018, de 18 de enero

Determinó que la temeridad en la gestión de los fondos sociales puede constituir administración desleal si genera un perjuicio relevante, incluso cuando el administrador no obtenga beneficio propio. En consecuencia, la línea entre una gestión arriesgada y una conducta delictiva puede ser muy fina.

Sentencia del Tribunal Supremo 112/2021, de 3 de marzo

Aclaró que la responsabilidad penal puede coexistir con la responsabilidad civil o societaria, y que el dolo se infiere de la actuación negligente grave o dolosa del administrador. Este matiz resulta esencial para diferenciar entre un error de gestión y una actuación penalmente relevante.

Consecuencias penales y civiles

Penas aplicables

Conforme al artículo 249 del Código Penal, la administración desleal se castiga con:

  • Prisión de seis meses a tres años, si el perjuicio no excede los 50.000 euros.
  • Prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses, si el perjuicio supera los 50.000 euros o concurren circunstancias agravantes.

Responsabilidad civil

El autor está obligado a restituir los bienes o indemnizar el daño causado. La responsabilidad civil puede exigirse junto con la penal o en procedimientos independientes. Así, la víctima puede recuperar, al menos parcialmente, el perjuicio económico sufrido.

Preguntas frecuentes sobre el delito de administración desleal

1. ¿Qué diferencia hay entre administración desleal y gestión negligente?

La administración desleal implica dolo, es decir, la intención de causar un perjuicio, mientras que la gestión negligente puede ser sancionada solo a nivel civil o societario.

2. ¿Puede un socio denunciar al administrador por administración desleal?

Sí. Los socios, acreedores o cualquier perjudicado pueden interponer denuncia o querella si existen indicios de delito. Es un derecho legítimo para proteger los intereses del patrimonio común.

3. ¿Cuándo prescribe el delito de administración desleal?

Generalmente prescribe a los cinco años, aunque puede variar según la gravedad de las penas y las circunstancias específicas del caso.

4. ¿Qué debo hacer si soy acusado de este delito?

Es fundamental contar con la asistencia inmediata de un abogado penalista especializado. En DiG Abogados ofrecemos defensa integral y asesoramiento estratégico desde las primeras diligencias para garantizar una defensa eficaz.

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