El año 2026 introduce una serie de novedades fiscales relevantes que afectan tanto a autónomos como a empresas y particulares. No se trata únicamente de cambios en impuestos concretos, sino de una evolución más amplia del sistema tributario hacia un mayor control, una mayor digitalización y una intensificación de las obligaciones informativas.
Novedades fiscales 2026 en IRPF: qué debes revisar
Módulos 2026: continuidad del régimen y reducción del 5 %
En 2026 se mantiene el régimen de estimación objetiva para autónomos que cumplan los requisitos legales. Además, continúa aplicándose la reducción general del 5 % sobre el rendimiento neto de módulos.
Esta medida supone un alivio fiscal para muchos contribuyentes. No obstante, conviene recordar que no todos los autónomos se benefician por igual de este sistema.
Por ello, es recomendable:
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Revisar si sigues cumpliendo los límites exigidos.
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Analizar si la estimación directa resulta más eficiente según tus gastos reales.
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Tomar la decisión con base en datos y no por inercia.
Renuncia o revocación de módulos: la importancia del plazo
Una de las cuestiones más sensibles en 2026 es el plazo excepcional para renunciar o revocar la renuncia a módulos, que se extiende hasta el 31 de enero de 2026.
Este tipo de decisiones no admite correcciones posteriores.
Si se adoptan fuera de plazo, el contribuyente queda vinculado al régimen elegido durante todo el ejercicio.
Desde un punto de vista práctico, lo recomendable es:
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Realizar una simulación fiscal comparativa.
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Valorar el impacto económico y el riesgo fiscal.
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Formalizar la opción dentro del plazo legal.
Deducciones por eficiencia energética y movilidad eléctrica
En 2026 se mantienen y amplían determinadas deducciones en IRPF vinculadas a objetivos medioambientales.
Entre las más relevantes destacan:
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Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, con plazo ampliado hasta el 31 de diciembre de 2026.
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Deducciones por instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos, también prorrogadas hasta finales de 2026.
Estas deducciones pueden ser muy beneficiosas, pero exigen especial cuidado en:
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La fecha de ejecución y pago.
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La correcta emisión de facturas.
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La trazabilidad de los pagos.
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La conservación de certificados y documentación técnica.
IVA y actividad económica en 2026: cambios operativos relevantes
Regímenes especiales de IVA y plazos de renuncia
En línea con el IRPF, se mantienen los límites de aplicación del régimen simplificado de IVA y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
Asimismo, se habilitan plazos específicos para renunciar o revocar la renuncia a estos regímenes. Una decisión incorrecta o tardía puede tener impacto directo en la liquidación del impuesto y en la tesorería.
Nuevo modelo 319: pago a cuenta en hidrocarburos
En 2026 se introduce el modelo 319, aplicable a determinadas entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes.
Este modelo actúa como pago a cuenta del IVA, y lo ingresado se descuenta posteriormente en los modelos de autoliquidación correspondientes.
Para las empresas afectadas, este cambio implica revisar procedimientos internos y previsiones de liquidez.
Obligaciones informativas 2026: más frecuencia, más control
Uno de los cambios más significativos de 2026 es el incremento de la periodicidad de ciertos modelos informativos, que pasan de anuales a mensuales.
Entre los más destacados se encuentran:
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Modelo 170: mensual.
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Modelo 196: mensual y absorbe la información del antiguo modelo 291.
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Nuevos modelos vinculados a cotizaciones, tarjetas y grandes grupos empresariales.
Este aumento de frecuencia exige cierres contables más precisos, conciliaciones bancarias periódicas y una mayor coordinación entre departamentos o asesores.
Bizum y control de cobros profesionales
A partir de febrero de 2026, las entidades financieras informan mensualmente a la Agencia Tributaria sobre la facturación agregada por Bizum de empresarios y profesionales.
Es importante aclarar que:
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No afecta a Bizum entre particulares.
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No se informa operación por operación, sino de importes agregados.
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Sí exige coherencia entre lo cobrado y lo declarado.
En este punto, una buena práctica es separar cuentas personales y profesionales, reduciendo riesgos innecesarios.
Empresas y digitalización fiscal: el papel de VeriFactu
Aunque la obligación definitiva se traslada a 2027, 2026 es el año clave para preparar los sistemas de facturación conforme a los requisitos de VERI*FACTU y los sistemas informáticos de facturación (SIF).
Las empresas que presentan Impuesto sobre Sociedades deberán adaptarse antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados, antes del 1 de julio de 2027.
Esperar al último momento puede generar problemas técnicos, organizativos y fiscales.
Plusvalía municipal en 2026: actualización de coeficientes
Desde el 1 de enero de 2026 se actualizan los coeficientes máximos de la plusvalía municipal (IIVTNU). Esto afecta a transmisiones de inmuebles urbanos por compraventa, herencia o donación.
Antes de cerrar cualquier operación inmobiliaria, resulta aconsejable analizar el impacto fiscal total, no solo en IRPF o Sociedades, sino también en el ámbito local.
Preguntas frecuentes sobre las novedades fiscales 2026
¿Siguen existiendo los módulos en 2026?
Sí. En 2026 se mantienen los módulos para quienes cumplan los requisitos y, además, sigue aplicándose la reducción general del 5%. Aun así, conviene revisar si te interesa seguir en módulos o si, por tus gastos reales, la estimación directa puede salirte mejor.
¿Bizum tributa para particulares?
No. Los Bizum entre particulares no se informan a Hacienda operación por operación. La novedad afecta a autónomos y empresas que cobran por Bizum: los bancos comunican a Hacienda la facturación mensual agregada de esos cobros, lo que facilita cruces con lo declarado.
¿VERI*FACTU es obligatorio en 2026?
No. El plazo se ha ampliado: será obligatorio en 2027 (1 de enero para empresas en Sociedades y 1 de julio para el resto). Aun así, 2026 es el año recomendado para preparar el software y los procesos, evitando prisas y errores.
¿Han cambiado los impuestos locales en 2026?
Sí. Se han actualizado los coeficientes máximos de la plusvalía municipal (IIVTNU). Esto puede influir en el coste fiscal de compraventas, herencias o donaciones de inmuebles urbanos.

