A partir del próximo 1 de Julio de 2009 todos los operadores económicos deberán poseer el número EORI que será como un pasaporte necesario para identificarse en la aduana de origen antes de hacer circular mercancías por Europa.
La Comisión del a Unión Europea el pasado mes de Abril aprobó la creación de un Registro único para todos los operadores económicos de la Comunidad a los efectos de disponer de mayor control sobre todas las operaciones de remisión de mercaderías transfronterizas.
A pesar que la tenencia de el número EORI será obligatorio a partir del próximo 1 de Julio de 2009, a fecha de hoy las empresas españolas aún no saben si se encuentran dentro o fuera del mismo, debido a que la AEAT todavía no ha publicado el nuevo registro, y tampoco existe una orden de desarrollo explicativa del procedimiento de inscripción en dicho registro.
En este sentido, Aduanas se comprometió hace menos de un mes a realizar “un volcado” automático al EORI de los operadores que ya figuran en sus bases de datos, y con el mismo código utilizado en materia de IVA: NIF y la terminación ‘es’, de España.
El principal problema se presume que se producirá respecto a las sucursales (no filiales) con matriz en otro Estado miembro, así como a las personas físicas, de nacionalidad extranjera, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española, cuyos números de identificación fiscal comiencen por N, M y W, respectivamente.
Estas personas deberán solicitar su registro expresamente a través de la Oficina Virtual de Aduanas e IIEE y, una vez se compruebe que no han sido previamente registradas en otro Estado miembro, se les asignará el número que corresponda.
La finalidad del número EORI es facilitar las tareas inspectoras de los organismos de cada uno de los Estados miembros. Aquí les dejamos el enlace para solicitarlo.
Sobre el autor:
Albert Pujol
DiG Abogados