Nuevo sistema de cotización para autónomos 2023

Nuevo sistema de cotización para los autónomos a partir del año 2023

Con la aprobación del nuevo Régimen de Trabajadores Autónomos (RETA) se crea un nuevo sistema de cotización por rendimientos netos para las personas trabajadoras por cuenta propia. Este sistema de cotización por ingresos reales contempla 15 tramos en función de los rendimientos netos obtenidos por el autónomo.

 

 

Entrada en vigor

El nuevo sistema de cotización por ingresos reales entrará en vigor en el 1 de enero de 2023 y se irá implantando de manera progresiva desde 2023 y hasta 2032.

Nuevas bases y tipos de cotización

La persona trabajadora autónoma cotizara por la base de cotización que corresponda a su tramo de ingresos. Así, aquellos autónomos cuyos rendimientos netos anuales sean inferiores a 670 euros, cotizarán por una base de 751,63 euros y su cuota mensual será 230 euros. Para el resto de los tramos la cuota irá incrementándose al igual que la base de cotización conforme aumenten los rendimientos netos del autónomo hasta alcanzar una cuota mínima de 500 euros para los autónomos cuyos rendimientos superen los 6.000 euros.

 

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Tabla de las nuevas bases y cuotas de autónomos para el año 2023

Rendimientos netos 2023 –

Euros/mes

Base mínima –

Euros/mes

Cuota en 2023
Menos de 670€ 751,63 230€
Entre 670 y 900€ 849,67 260€
Entre 900 y 1.166,7 € 898,69 275€
Entre 1.166,7 y 1.300€ 950,98 291€
Entre 1.300 y 1.500€ 960,78 294€
Entre 1.500 y 1.700€ 960,78 294€
Entre 1.700 y 1.850€ 1.013,07 310€
Entre 1.850 y 2.030€ 1.029,41 315€
Entre 2.030 y 2.330€ 1.045,75 320€
Entre 2.330 y 2.760€ 1.078,43 330€
Entre 2.760 y 3.190€ 1.143,79 350€
Entre 3.190 y 3.620€ 1.209,15 370€
Entre 3.620 y 4.050€ 1.274,51 390€
Entre 4.050 y 6.000€ 1.372,55 420€
Más de 6.000€ 1.633,99 500€

 

Tarifa plana para nuevos autónomos

Con este nuevo sistema, se establece una cuota reducida de 80 euros al mes durante el primer año, con independencia de los rendimientos netos que se tenga. Se podrá prorrogar esta cuota reducida otros 12 meses si los ingresos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

Comunicación de la previsión de ingresos y sus modificaciones.

Al inicio del año o en el momento del alta en el RETA, los autónomos comunicarán su previsión de rendimiento netos. Es decir, deberán hacer una estimación de cuales serán sus rendimientos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Esta comunicación de previsión se realizará a través del portal de la Seguridad Social ImportaSS.

En lugar de cuatro veces al año como hasta ahora, se podrá cambiar de cuota cada dos meses para ajustarla a los rendimientos que vaya obteniendo el trabajador autónomo.

No obstante, según los rendimientos netos anuales proporcionados por la Agencia Tributaria, la Seguridad Social procederá a regularizar las cuotas abonadas si los rendimientos netos están por encima o por debajo de los tramos a los que se haya cotizado.

Rendimientos netos; Gastos deducibles y no deducibles.

El cálculo de los ingresos se realizará sumando los ingresos y restando los gastos. Se considera ingreso todos aquellos ingresos derivados de la actividades económicas y rendimientos del trabajo autónomo. Será gasto deducible todo gasto que cumpla estos tres requisitos:

  • Estar vinculado a la actividad económica.
  • Poder justificarse.
  • Estar contablemente registrado.

Gatos deducibles son, por ejemplo, las amortizaciones por inversiones, la compra de materiales o materias primas, las nóminas de las personas trabajadoras que se tenga a cargo, gastos financieros o gastos corrientes.

La cuota de autónomo no es un gasto deducible.

Una vez calculador los ingresos y gastos deducibles del año, se establece una deducción adicional para gastos genéricos sin tener que acreditarlos del 7% para autónomos individuales y del 3% para trabajadores por cuenta propia societarios.

 

EJEMPLO SOBRE CÁLCULO DE RENDIMIENTOS NETOS Y CUOTA.

 

Trabajador autónomo que cuenta con una facturación media mensual de 3.350 euros.

 

Gastos deducibles:

–        Alquiler de local: 1000 euros.

–        Gastos corrientes del local: 300 euros.

–        Gastos de amortización por inversiones: 250 euros.

–        Suministros: 500 euros.

 

Deducción por gastos genéricos (7% de los rendimientos netos).

1.300 euros – (7%) 91 euros = 1.209 euros.

 

Rendimiento neto y cuota para el año 2023.

RN: 1.209 €

Base mínima de cotización: 950,98 €

Cuota: 291 €

 

 

 

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