Si estás buscando información sobre cómo beneficiarte de la Ley Beckham en España, probablemente estés considerando trasladarte al país y te interesa reducir tu carga fiscal. Por eso, en este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre los requisitos de la Ley Beckham y cómo solicitarla con éxito.
¿Qué es la Ley Beckham y por qué puede interesarte?
La conocida como Ley Beckham es un régimen fiscal especial regulado por el artículo 93 de la Ley del IRPF, diseñado para atraer talento internacional a España. Si eres un profesional que planea mudarse a España por motivos laborales, esta norma puede ayudarte a pagar menos impuestos durante varios años.
¿Qué ventajas tiene cumplir con los requisitos de la Ley Beckham? Si cumples con las condiciones, puedes acceder a un régimen fiscal mucho más favorable que el estándar para residentes en España. Entre sus beneficios principales están:
- Tributación reducida del 24% hasta 600.000 €.
- Posibilidad de excluir ciertas rentas extranjeras del IRPF español.
- Aplicable durante seis años consecutivos.
Requisitos de la Ley Beckham
La Ley Beckham no está disponible para todos. Si te preguntas quién puede acogerse al régimen fiscal de impatriados, aquí te presentamos los requisitos esenciales:
- No haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores.
- El desplazamiento a España debe deberse a alguno de los siguientes motivos:
- Contrato de trabajo con una empresa residente en España.
- Inicio de una actividad emprendedora, acreditada mediante informe de ENISA.
- Teletrabajo desde España para una empresa extranjera (nómadas digitales).
- Ocupación del cargo de administrador de una entidad española.
- Prestación de servicios altamente cualificados a empresas.
- Desarrollo de actividades de I+D+i o docencia en universidades o centros acreditados.
- No generar ingresos a través de un establecimiento permanente en España, salvo excepciones.
Además, tras la reforma introducida por la ENISA, el régimen ahora permite la inclusión de:
- Cónyuges e hijos menores de 25 años (sin límite si hay discapacidad).
- Parejas de hecho, siempre que se cumplan ciertos requisitos y ambos fijen su residencia fiscal en España.
Tabla resumen de los requisitos
Requisito | Detalle |
---|---|
No residencia previa | No haber sido residente fiscal en España en los últimos 5 años |
Contrato de trabajo | Con empresa residente en España |
Actividad emprendedora | Acreditada con informe favorable de ENISA |
Teletrabajo (nómadas digitales) | Desde España para empresa extranjera |
Administrador de entidad | Designación como administrador de sociedad española |
Servicios altamente cualificados | Título universitario reconocido o experiencia mínima de 3 años |
Actividades de I+D+i o docencia | En universidades o centros acreditados |
Ingresos sin establecimiento permanente | No generar rentas atribuibles a establecimiento permanente en España (con excepciones) |
Inclusión de familia | Cónyuge, hijos menores de 25 años o sin límite si tienen discapacidad |
Preguntas frecuentes sobre el régimen fiscal de la Ley Beckham
1. ¿Quiénes pueden beneficiarse de la Ley Beckham?
Pueden acogerse profesionales desplazados a España como empleados de multinacionales, emprendedores, nómadas digitales, administradores de sociedades, científicos, docentes y expertos con alta cualificación.
2. ¿Puedo acogerme si trabajo para una empresa extranjera desde España?
Sí, siempre que teletrabajes como nómada digital desde España para una empresa no establecida en territorio español.
3. ¿Todas mis rentas tributarán al tipo reducido del 24%?
No. Solo las rentas del trabajo generado en España tributan al 24%. Las rentas del ahorro y del capital mobiliario tributan como un no residente.
4. ¿Qué pasa si tengo ingresos como autónomo en España?
No podrás beneficiarte del régimen salvo que tu actividad sea considerada emprendedora o como profesional altamente cualificado con respaldo legal.
5. ¿Puedo perder el régimen fiscal una vez concedido?
Sí. Se puede perder si dejas de cumplir los requisitos, si obtienes rentas mediante establecimiento permanente o si superas los límites fijados por la norma.